En septiembre del año pasado, el Congreso aprobó una reforma a la Ley General de Salud para prohibir la producción, comercialización y distribución de vapeadores y cigarros electrónicos, imponiendo penas y sanciones severas a quienes realizaran estas conductas. La reforma se publicó con una fecha clara de entrada en vigor: 16 de enero de 2026. El objetivo, se dijo entonces, era proteger la salud pública. Ese punto, vale decirlo desde ahora, no está en discusión.

Sin embargo, cuatro meses después de su publicación y ya con la reforma en vigor, la realidad volvió a alcanzar a la ley.

En aquel septiembre legislativo, mientras se cocinaba una reforma mucho más compleja y políticamente costosa —la de la Ley Nacional de Aguas—, el tema de los vapeadores sirvió para desviar la atención pública y resolver “rápido” un problema visible, mediático y socialmente rentable. Se legisló con contundencia, con discursos firmes y con una narrativa de protección a la salud, pero sin una planeación integral de su aplicación.

Y es ahí donde comienza el verdadero problema.

Porque el legislador, una vez aprobada la reforma, ya cumplió su parte. Reformar la ley fue el único acto. Pero gobernar, regular y dar certeza jurídica implica mucho más que modificar artículos.

Hoy, quienes se dedicaban a la comercialización de estos productos saben perfectamente que ya no pueden vender. Pero la pregunta inmediata es: ¿quién sanciona?, ¿qué autoridad es competente?, ¿salubridad?, ¿policía municipal?, ¿fiscalía?, ¿aduanas?, ¿guardia nacional? La ley prohíbe, pero no aterriza con claridad el “cómo”, el “quién” ni el “cuándo”.

La incertidumbre es aún mayor para los consumidores. Miles de personas adquirieron vapeadores cuando eran legales. Algunos, como ocurre con cualquier producto de consumo, compraron stock. Hoy se preguntan con razón:
¿Portar un dispositivo es delito?, ¿me pueden detener?, ¿me lo pueden asegurar?, ¿se equipara a una droga?, ¿hay sanción administrativa o penal?

No son preguntas exageradas. Son dudas reales que surgen cuando una reforma no prevé escenarios cotidianos y deja huecos en sus artículos transitorios. La ley entra en vigor, pero la vida no se detiene para interpretarla.

Este tipo de vacíos no son nuevos. En México tenemos una larga tradición de reformas que nacen incompletas, que requieren aclaraciones posteriores, lineamientos administrativos de emergencia o, en el peor de los casos, otra reforma para corregir la anterior. Somos, tristemente, un país de reforma tras reforma.

El problema no es legislar con firmeza, sino hacerlo sin visión de implementación. No basta con prohibir; hay que explicar cómo se ejecuta la prohibición sin criminalizar de manera arbitraria, sin generar discrecionalidad en la autoridad y sin convertir al ciudadano común en rehén de interpretaciones.

Cuando la ley no es clara, quien gana es la incertidumbre, la corrupción y el abuso. Cuando el ciudadano no sabe a qué atenerse, la ley deja de ser una herramienta de orden y se convierte en una amenaza.

Proteger la salud pública es una causa legítima y necesaria. Pero una buena intención no suple una mala técnica legislativa. Si no se regulan los efectos colaterales, si no se definen competencias claras y si no se piensa en la realidad cotidiana, la ley termina viviendo exactamente donde esta columna se titula: entre la ley y la realidad.

Porque mientras el papel dice una cosa, la calle pregunta otra. Y esas preguntas, tarde o temprano, el legislador tendrá que responder… con otra reforma más.

 

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